Ley de 40 Horas: DT declara “intocable” la hora de colación

La Dirección del Trabajo (DT) emitió un nuevo dictamen para precisar la correcta implementación de la Ley N° 21.561, conocida como Ley de 40 Horas, particularmente respecto al uso del horario de colación dentro de la jornada laboral.
La normativa, vigente desde abril de 2024, establece una reducción gradual del horario laboral: de 45 a 44 horas semanales en la primera etapa; luego a 42 horas en 2026, y finalmente a 40 horas en 2028. No obstante, las empresas pueden anticipar la medida si así lo deciden.
El reciente pronunciamiento de la DT subraya que la disminución de horas de trabajo no puede efectuarse “bajo ningún presupuesto fáctico” sobre el tiempo destinado a colación, sino únicamente “al término o inicio diario” de la jornada laboral.
El dictamen surge tras una consulta de trabajadores de la Universidad Federico Santa María (UTFSM), quienes solicitaron aclarar si el empleador podía modificar el horario de colación para cumplir con la nueva ley. La institución planteó que, en ausencia de acuerdo, la hora de colación podría dejar de ser imputable a la jornada laboral, aplicando así la reducción de 40 horas semanales.
La DT descartó esa interpretación, recordando que el tiempo de colación es un derecho mínimo garantizado, con una duración no inferior a 30 minutos, y que cumple un propósito distinto al de la reducción de jornada: el descanso intermedio del trabajador.
“El legislador distingue de forma clara y precisa ambos objetivos: la colación como pausa dentro de la jornada y la reducción de horas como espacio adicional para la vida personal y familiar”, concluye el documento.
De esta forma, cualquier ajuste horario derivado de la Ley de 40 Horas deberá aplicarse al inicio o al término de la jornada y no dentro del tiempo de colación, salvo acuerdo explícito entre las partes.
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