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Casi un millón deberá regularizar deudas por Préstamos Solidarios de la pandemia

Cerca de un millón de personas que mantienen montos pendientes por los Préstamos Solidarios entregados durante la pandemia deberán regularizar su situación, luego de que el Servicio de Impuestos Internos (SII) anunciara nuevas alternativas para quienes no realizaron correctamente el proceso de devolución.

La medida involucra a contribuyentes que accedieron a los Préstamos Solidarios de 2020 y 2021 y que, pese a registrar ingresos, no presentaron su Declaración Anual de Impuestos al menos una vez durante los años establecidos para reintegrar estos recursos, entre 2022 y 2026.

Quienes tengan cuotas pendientes tendrán plazo hasta el 30 de noviembre para avanzar en la regularización.

La primera alternativa es presentar las declaraciones de Renta correspondientes a los años que quedaron pendientes. El trámite podrá realizarse mediante el sitio del Servicio de Impuestos Internos, donde estará disponible una propuesta elaborada por el organismo y un paso a paso para completar el procedimiento.

El escenario será distinto para quienes reconozcan la deuda, pero actualmente no tengan recursos suficientes para pagarla.

A partir del 14 de septiembre, estas personas podrán obtener en el sitio del SII un cupón con el monto correspondiente. Ocho días después de emitido ese documento podrán utilizarlo para suscribir un convenio de pago ante la Tesorería General de la República.

Los préstamos fueron creados como una ayuda económica para enfrentar la caída de ingresos durante la pandemia del Covid-19. La normativa determinó que debían ser restituidos mediante cuatro cuotas anuales asociadas a la Operación Renta.

La primera cuota correspondía al 10% del monto solicitado, mientras que las tres siguientes alcanzaban un 30% cada una. Sin embargo, cada pago anual tenía como límite el 5% de los ingresos obtenidos por la persona durante ese año.

La legislación contempló además una condición importante: si después de aplicar ese límite durante las cuatro cuotas todavía permanecía un saldo pendiente, ese monto podía ser condonado conforme a las condiciones establecidas por la ley.

Para facilitar la devolución también se estableció una retención adicional del 3% mensual para trabajadores dependientes, independientes y empresarios individuales. Los eventuales excedentes podían utilizarse para cuotas posteriores o solicitarse como devolución durante la Operación Renta.

El llamado ahora apunta especialmente a quienes omitieron una o más declaraciones durante el período de devolución. Quienes estén en esa situación podrán revisar sus antecedentes y regularizar las declaraciones pendientes antes del 30 de noviembre, mientras que desde septiembre estará disponible la alternativa de convenio para quienes no puedan cubrir inmediatamente lo adeudado.

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