Qué es la “pornovenganza” y qué penas arriesga en Chile
La difusión de imágenes íntimas sin consentimiento volvió a instalar el debate sobre la denominada “pornovenganza” en Chile, luego de la denuncia presentada por la senadora Camila Flores contra su exesposo Percy Marín.
La parlamentaria acusó que fotografías privadas fueron difundidas ilegalmente en redes sociales y aseguró haber entregado antecedentes a la Justicia para investigar los hechos.
El término “pornovenganza” se utiliza para describir la difusión, publicación o envío de imágenes, videos o contenido íntimo de una persona sin su autorización, generalmente con intención de humillar, dañar o exponer públicamente a la víctima.
En Chile, este tipo de conductas está contemplado dentro de la Ley Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, conocida como Ley 21.675, normativa que reconoce la violencia digital y sanciona la divulgación no consentida de contenido íntimo.
La legislación establece que compartir imágenes sexuales privadas sin consentimiento puede constituir delito, especialmente cuando existe daño a la intimidad, honra o integridad psicológica de la víctima.
Las penas pueden variar dependiendo de la gravedad del caso, la forma de difusión y si existió extorsión, amenazas o aprovechamiento de una relación previa.
En términos generales, la normativa chilena contempla multas y penas de cárcel que pueden ir desde presidio menor en su grado mínimo hasta sanciones más altas si existen agravantes asociados a violencia de género o difusión masiva del material.
Además, tribunales pueden decretar medidas cautelares como prohibición de acercamiento, eliminación inmediata del contenido y restricciones de difusión mientras se desarrolla la investigación.
Especialistas han advertido que este tipo de hechos suele tener un fuerte impacto psicológico y reputacional en las víctimas, especialmente cuando el material circula rápidamente por redes sociales o plataformas digitales.
Tras la denuncia de Camila Flores, distintas figuras políticas y organizaciones recordaron que compartir imágenes íntimas de terceros sin autorización también puede generar responsabilidad penal para quienes replican o viralizan el contenido.
La exministra de la Mujer, Antonia Orellana, señaló que la difusión no consentida de imágenes íntimas constituye un delito y llamó a utilizar las herramientas legales disponibles para denunciar este tipo de violencia digital.
Actualmente, la investigación relacionada con la denuncia presentada por la senadora se mantiene en desarrollo y deberá determinar eventuales responsabilidades penales en el caso.
