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Diputado presenta proyecto que permite al Presidente de Chile disolver el Congreso

El diputado independiente Gaspar Rivas presentó un proyecto de reforma constitucional que permitiría al Presidente de la República disolver el Congreso Nacional, iniciativa que ya se encuentra ingresada en la Cámara de Diputadas y Diputados.

Según el texto disponible en el sitio web del Congreso, la propuesta se titula Proyecto de ley que reforma la Constitución Política de la República, introduciendo el estado de justicia en el ordenamiento institucional”, y contempla además la derogación de pleno derecho de normas jurídicas que contravengan la Constitución.

Para ello, el parlamentario propone tres modificaciones constitucionales. La primera corresponde a la incorporación de un nuevo inciso final al artículo 7°, el cual permitiría al Presidente, mediante decreto exento y aun sin norma legal expresa, corregir errores jurídicos o éticos, resolver problemas concretos o responder a necesidades sociales, cuando estas se relacionen con la función pública y afecten la vida de las personas.

En el texto se sostiene que la “necesidad perentoria e impostergable” de dar solución a ciertos problemas tendría un valor superior al de una norma jurídica, apelando al concepto de justicia como eje del orden institucional.

La segunda modificación apunta al artículo 72, agregando un inciso que facultaría al Presidente, una vez al año y con la firma de todos sus ministros, a declarar como Esencial para el Interés Superior de la Nación un mensaje enviado al Congreso en materias como seguridad pública, previsión social, empresas públicas o recursos naturales.

El proyecto establece que, si el Congreso rechazara dicho mensaje o introdujera modificaciones sustanciales que alteren su esencia, el Presidente quedaría facultado para disolver el Congreso Nacional.

En ese escenario, se señala que un nuevo Congreso sería elegido 180 días después de la disolución, periodo durante el cual el Presidente ejercería la función legislativa en las materias señaladas, mediante decretos con fuerza de ley, sin que le resulten aplicables varias de las limitaciones actualmente establecidas en la Constitución.

Finalmente, la tercera modificación propone la incorporación de un artículo 129 bis, el cual establece que toda norma jurídica que se contraponga al tenor literal, espíritu o esencia de la Constitución quedará derogada de pleno derecho, incluso con efecto retroactivo.

El proyecto fue ingresado el viernes 21 de noviembre, bajo el boletín N.º 17.989-07, se encuentra en primer trámite constitucional y tiene como único autor al diputado Gaspar Rivas.

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