¿No fuiste a votar? Estas son las multas a las que te expones
Al igual que en la primera vuelta, el voto fue obligatorio en el balotaje presidencial, por lo que quienes no concurrieron a las urnas y no logren justificar su inasistencia se exponen a sanciones económicas, según lo establece la ley vigente.
En términos generales, están obligadas a votar todas las personas chilenas mayores de 18 años, que no hayan sido condenadas a pena aflictiva y que se encuentren habilitadas en el padrón electoral. El incumplimiento de esta obligación puede derivar en una citación al Juzgado de Policía Local correspondiente al domicilio del elector.
Las multas por no votar son a beneficio municipal y fluctúan entre 0,5 y 1,5 Unidades Tributarias Mensuales (UTM), lo que equivale aproximadamente a montos entre $35.000 y $105.000. Será el juez quien determine, caso a caso, si corresponde aplicar o no la sanción.
La ley establece excusas específicas que permiten justificar la inasistencia. Entre ellas se considera haber estado enfermo, situación que debe acreditarse con certificado médico; contar con una certificación de discapacidad; encontrarse fuera del país o a más de 200 kilómetros del local de votación; estar desempeñando funciones encomendadas por la ley electoral el día de la elección; o enfrentar un impedimento grave debidamente acreditado.
Quienes no hayan votado deberán esperar la citación del Juzgado de Policía Local, instancia en la que podrán presentar los antecedentes que respalden alguna de estas causales. Por ello, se recomienda conservar toda la documentación que permita acreditar la situación.
En el caso de las personas que no sufragaron por encontrarse lejos de su domicilio electoral, la normativa exige dejar constancia ante Carabineros, trámite que puede realizarse hasta este domingo 14 de diciembre, como respaldo para la posterior justificación judicial.
