Corte de Chillán revienta al Servicio de Salud Ñuble: $130 millones por bebé muerta en negligencia

La Corte de Apelaciones de Chillán confirmó la condena contra el Servicio de Salud Ñuble por falta de servicio en el Hospital Comunitario de El Carmen, tras la muerte de una recién nacida producto de asfixia fetal.
El tribunal ordenó el pago de una indemnización de $130 millones a los padres, por concepto de daño moral.
El fallo unánime de la Primera Sala –integrada por los ministros Guillermo Arcos, Claudio Arias y el fiscal judicial Solón Vigueras– ratificó lo resuelto por el Primer Juzgado Civil de Chillán.
La sentencia estableció que el hospital no prestó la atención adecuada ni derivó oportunamente a la madre, pese a que presentaba síntomas de riesgo y un embarazo catalogado como de alto riesgo.
De acuerdo a la resolución, la falta de monitoreo, el ingreso tardío y la ausencia de un especialista en ginecología derivaron en una atención deficiente que terminó con la muerte del nonato.
“La secuencia temporal de los hechos, sumada a la constatación de la asfixia fetal, permite configurar con certeza la relación causal entre la falta de atención oportuna y el fallecimiento de la bebé”, sostiene el fallo.
En cuanto al daño moral, el tribunal reconoció la magnitud del impacto en la vida de los padres, describiendo la pérdida como un hecho que quebró su proyecto familiar y dejó secuelas emocionales profundas.
Testimonios de cercanos acreditaron la congoja, tristeza e impotencia que aún arrastra la pareja tras la muerte de su primera hija.
La resolución también enfatiza que no se detectaron problemas de salud, fallas genéticas ni factores externos que explicaran la muerte fetal, confirmando que la causa fue la deficiente atención del hospital.
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