Chillán

Millonaria Multa a Plantel de Cerdos en Chillán por Malos Olores y Contaminación

La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) sancionó a la empresa Agrícola y Ganadera Chillán Viejo S.A., titular del “Plantel de Cerdos Rucapequén”, con una multa de 703 Unidades Tributarias Anuales (UTA), equivalentes a más de $556 millones.

Esto tras constatar hallazgos ambientales relacionados con el tratamiento, manejo y disposición deficiente de purines, que es el excremento de animales mezclado con agua.

El proyecto, ubicado a 15 kilómetros al sur poniente de Chillán, incluye dos sectores. El sector Rucapequén 1, con 40 pabellones y una capacidad de 47.000 cerdos, fue habilitado antes de la vigencia del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA).

El sector Rucapequén 2, con 47 pabellones y una capacidad de 65.800 cerdos, fue autorizado por la RCA N°384/2006. Este sector cuenta con un sistema de tratamiento de purines basado en biodigestión para una carga de 350 m³/día desde Rucapequén 1 y 300 m³/día desde Rucapequén 2.

Los efluentes de ambos sectores se acumulan en una laguna de 90.000 m³ para ser utilizados en riego como digestato.

El caso se originó por más de 450 denuncias ciudadanas debido a olores molestos que causaron dolores de cabeza, náuseas, vómitos y dolores de garganta en la comunidad colindante.

La SMA realizó fiscalizaciones y ordenó medidas provisionales. En abril de 2022 y marzo de 2023, la SMA inició dos procedimientos sancionatorios, con un total de cinco infracciones contra la empresa.

Entre los principales cargos se incluyó el incumplimiento de los límites máximos comprometidos en la evaluación ambiental para el efluente aplicado en riego, lo que generó emisiones atmosféricas significativas.

Además, se comprobó que el riego con digestato no cumplía con las exigencias de la RCA 347/2015. La empresa también incumplió las medidas provisionales decretadas en octubre de 2021.

Marie Claude Plumer, superintendenta del Medio Ambiente, enfatizó que el cumplimiento de las normativas ambientales es un requisito para el funcionamiento de cualquier actividad y para ser parte de un Estado de derecho.

Según la Ley Orgánica de la Superintendencia del Medio Ambiente (LOSMA), la multa deberá pagarse en la Tesorería General de la República dentro de los 10 días hábiles desde la notificación de la sanción.

Para más información sobre esta sanción, se puede consultar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA).

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