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Así será la esperada devolución de dinero por parte de las Isapres

Este lunes en la tarde, tanto el Senado como la Cámara de Diputados dieron su respaldo a la Ley Corta de Isapres.

Después de casi un año de tramitación, la norma quedó lista para ser promulgada por el presidente Gabriel Boric.

A pesar de que muchos parlamentarios destacaron su desacuerdo con ciertos aspectos del texto resultante de la comisión mixta, reconocieron la necesidad de aprobar la Ley.

Según la Cámara de Diputados, el objetivo no era rescatar a las instituciones de salud previsional, sino evitar el colapso del sistema privado de salud y, por consiguiente, del público, debido a una migración masiva de usuarios.

La Ley Corta de Isapres fue creada para cumplir con la sentencia de la Corte Suprema de noviembre de 2022.

Entre otras disposiciones, establece un plazo de 13 años para el pago de la deuda y la extensión del alza del índice de costos de la Salud hasta 2027.

La normativa aborda temas como el sistema de pago y la tabla de factores, centrándose en cumplir con el fallo de la Corte Suprema.

También incluye nuevas exigencias para las instituciones y otorga facultades adicionales a la Superintendencia de Salud y al Fonasa.

En cuanto al sistema de pago, las instituciones de salud previsional deben presentar un plan de pago y ajustes a la Superintendencia de Salud, detallando la devolución de la deuda, los contratos afectados, los montos a devolver y el plazo máximo de devolución.

El plazo máximo de devolución es de 13 años, pero para personas mayores de 80 años, la deuda debe pagarse en 24 meses, y para los mayores de 65 años, en 60 meses.

Las isapres podrán ofrecer la devolución de los montos a los afiliados en forma de excedentes, que se devengarán en cuotas mensuales.

Alternativamente, podrán optar por acelerar el pago de la deuda en efectivo directamente a los cotizantes.

El superintendente de Salud, Víctor Torres, anunció que este lunes se emitió la primera circular de la Superintendencia de Salud, instruyendo la unificación de la tabla de factores, uno de los fallos de la Corte Suprema.

Sin embargo, esta medida entrará en vigor el 1 de septiembre, permitiendo a las isapres preparar su plan de pago y adecuar su sistema para ofrecer la devolución de cobros en exceso a los afiliados.

Las personas afectadas por cobros indebidos desde el 1 de abril de 2020 y aquellos a quienes se les cobró por cargas no natas y menores de dos años desde el 1 de diciembre de 2022, recibirán la devolución de los montos cobrados en exceso.

La nueva ley también introduce la Modalidad de Cobertura Complementaria (MCC) del Fonasa, disponible para afiliados de los grupos B, C y D que hayan cotizado en salud durante los últimos seis meses.

Esta modalidad ofrece acceso y protección financiera para servicios de salud mediante el pago de una prima complementaria, cubriendo tanto prestaciones ambulatorias como hospitalarias, e incluye un seguro catastrófico.

Además, se crea un Consejo Consultivo sobre Seguros Previsionales de Salud para asesorar a la Superintendencia de Salud en la evaluación y aprobación de los planes de pago.

Por último, la normativa regula los precios que las isapres pueden cobrar por las Garantías Explícitas de Salud.

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