Veredicto Final en Chillán: Condenado por Homicidio de Adolescente Pierde Apelación
La Corte de Apelaciones de Chillán rechazó el recurso de nulidad presentado por la defensa de Ricardo Sebastián Salvo Lillo, confirmando así su condena a penas efectivas de 10 años y un día y 3 años y un día de presidio por los delitos de homicidio simple y porte ilegal de arma de fuego, respectivamente.
Estos delitos fueron cometidos en agosto de 2020 en San Carlos.
La decisión, tomada de manera unánime por la Segunda Sala del tribunal de alzada, integrada por los ministros Guillermo Arcos, Paulina Gallardo y el abogado (i) Gumercindo Quezada, respaldó la sentencia original dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Chillán el 8 de noviembre del año anterior.
La Corte examinó el artículo 11 N°8 del Código Penal, que contempla como atenuante de la responsabilidad penal la denuncia y confesión del delito por parte del inculpado, siempre y cuando haya tenido la posibilidad de eludir la acción de la justicia.
Sin embargo, los jueces rechazaron aplicar esta atenuante en el caso de Salvo Lillo, quien se entregó voluntariamente a la policía cinco días después de los hechos y tras haberse emitido una orden de detención en su contra.
El tribunal de primera instancia estableció que, en la noche del 7 de agosto de 2020, Salvo Lillo disparó hacia un automóvil en el que se encontraba la víctima, un adolescente de 13 años, causando su muerte por un trauma cráneo encefálico.
Además, Salvo Lillo utilizó un arma de fuego y munición sin la autorización legal correspondiente.