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El fiscal de Chillán Florentino Bobadilla logró una condena en contra del profesor de taekwondo de esta ciudad, D.G.L (tribunal prohibió dar su nombre), quien fue requerido en un juicio simplificado por tres delitos de trato degradante que afectaron a dos niñas y un niño que asistían como alumnos a su escuela de artes marciales.
 
En el primer hecho, ocurrido en los últimos meses de 2017, el instructor maltrató sicológicamente a una niña de 8 años, sometiéndola a un trato degradante, menoscabando gravemente su dignidad, tratándola de “tonta”, “pava”, “llorona” y “débil”. Lo anterior, ocurrió al interior de la Escuela de Taekwondo Guerreros Sepul, de avenida Libertad de Chillán, y frente a otros alumnos y apoderados.
 
En el mismo establecimiento, pero en junio de 2018,  el imputado cometió maltrato relevante, luego de que la misma víctima cayera al suelo, se torciera un pie y llorara. Ante esto último, la humilló ante sus compañeros y apoderados, para “luego el imputado ordenarle a todos sus alumnos que se formaran, diciéndoles que el taekwondo era un deporte para valientes, que los llorones y débiles no sirven y que quién no esté preparado para aguantar se debía retirar de la escuela”.
 
En un segundo caso, durante 2017 y hasta mediados de 2018, el ahora instructor condenado humilló a un segundo niño de 10 años, a quien lo molestaba diciéndole que estaba gordo, provocando en diversas oportunidades el llanto de la víctima, ante lo cual lo trataba de “mamón”, y “niñita” frente a sus compañeros.
 
También ordenó a los otros alumnos a hacer un círculo alrededor de la víctima, para luego tratarlo de mentiroso frente a toda la clase y apoderados presentes; menoscabando con estos actos gravemente su dignidad.
 
Un tercer hecho ocurrió entre 2016 y principios de 2018  y dice relación con una niña de 14 años, a quien maltrataba diciéndole que “estaba gordita” y “que tenía que cerrar la boca”, provocando en diversas oportunidades el llanto de la víctima, humillándola nuevamente ya que paralizaba la clase señalando que no iba a continuar hasta que ella dejara de llorar. Incluso ante compañeros y apoderados afirmaba “que no estaban en clases de Ballet”.
 
Producto de estos tratos degradantes, las víctimas sufrieron estrés post traumático en un nivel de intensidad alto, según informes del Servicio Médico Legal. En uno de los casos, además, frustración deportiva y baja autoestima.
 
El fiscal destacó que este tipo de delitos son nuevos, se tipificaron en 2019 y hay muy poca jurisprudencia al respecto. Acotó que se crearon atendiendo las situaciones de vulnerabilidad que presentan los niños, niñas y adolescentes, los adultos mayores y las personas en situación de discapacidad.
 
Y resaltó que “respecto del delito de maltrato degradante es importante que se considere como delito, pues son tratos que atentan contra la dignidad del ser humano y, en este caso en particular, viene a desmitificar esta idea de que porque se trata de un deporte que requiere una disciplina se pueda pasar por sobre la dignidad de los alumnos”.
 
El Juzgado de Garantía de Chillán fijó la audiencia de comunicación de sentencia para el 21 de abril. La Fiscalía está solicitando tres penas de 180 días cada una y penas específicas de este delito, como la inhabilidad por 3 años y un día, respecto de cada niño, para ejercer su oficio cuando éste tenga relación directa y habitual con menores de 18 años, y también 60 días de asistencia a un programa de rehabilitación para maltratadores.
 
Además, la ley que creó estas nuevas figuras penales contempla que las condenas deben inscribirse en un registro general de condenas.

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